La jurisdiccion Constitucional es la rama de la justicia que vela por la supremacia de la Constitucion Politica Colombiana y el Estado de Derecho en todo el territorio Nacional. Todos los jueces de la nacion, independientemente de su ambito de especializacion, pertenecen a esta rama y pueden conocer en primera instancia acciones de tipo constitucional como la Tutela. La Corte Constitucional, maximo estamento de esta jurisdiccion, fue creada por la actual Constitucion Politica, vigente desde el 7 de julio de 1991. La Corte es un organismo perteneciente a la rama judicial del Poder Publico y se le confia la guarda de la integridad y supremacia de la Carta Politica, considerandola asi como la Corte de Cierre del sistema judicial colombiano. Esta Compuesta por nueve magistrados que son elegidos por el Congreso de sendas ternas enviadas por el Presidente de la Republica, la Corte Suprema y el Consejo de Estado.
CORTE CONSTITUCIONAL
La Corte Constitucional tendra el numero impar de miembros que determine la ley. En su integracion se atendera el criterio de designacion de magistrados pertenecientes a diversas especialidades del Derecho. Los Magistrados de la Corte Constitucional seran elegidos por el Senado de la Republica para periodos individuales de ocho años, de sendas ternas que le presenten el Presidente de la Republica, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Los Magistrados de la Corte Constitucional no podran ser reelegidos.
- . Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitucion, cualquiera que sea su origen, solo por vicios de procedimiento en su formacion.
- Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes, tanto por su contenido material como por vicios de procedimiento en su formacion.
- Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional. Estos ultimos solo por vicios de procedimiento en su convocatoria y realizacion.
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